Cobrar la totalidad de la pensión de la Seguridad Social y seguir ejerciendo como titular de la farmacia ya es una realidad desde finales de octubre del año pasado, con la entrada en vigor de la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo el 26 de octubre. “Esta modificación es importante porque el titular que tenga la edad de jubilación y los años necesarios para alcanzar el cien por cien de la base reguladora de cálculo de la pensión, puede incrementar su prestación de jubilación activa cuando tenga empleados a su cargo en el régimen general”, explica a CF Eugenio Fernández, letrado de Orbaneja Abogados.

A pesar de ello, hay que tener en cuenta que esta mejora no es aplicable a los autónomos que formen parte de una comunidad de bienes, “ya que en estos casos es ésta la que contrata y no el trabajador autónomo”.

Ingresos complementarios

Los titulares que reúnan estas condiciones tendrán unos ingresos complementarios a su actividad hasta que quieran o hasta que sus circunstancias se lo impidan. Se trata de un paso importante para aquellos que tengan trabajadores a su cargo y que todavía no tengan previsto retirarse, “ya que hasta la publicación de esta ley solo percibían el 50 por ciento de la pensión”, añade Enrique Casado, asesor de la consultoría Laboral CofmS31.

Con esta opción, además, “no están obligados a vender la farmacia una vez que cumplan los 70 años”, añade Marian Sánchez, asesora laboral de Gómez Córdoba Abogados de Farmacia.

Para aquellos autónomos que no tengan empleados en su farmacia, “habría que sopesar que el percibo de esta prestación por jubilación activa es mayor que los costes salariales a asumir por la contratación de personal”, recomienda Eva María Illera, responsable del departamento de Laboral de Asefarma.

Otro requisito para acceder a la jubilación activa es que el beneficiario debe ser acreedor al cien por cien de la base reguladora de su prestación. “No es posible en todos los casos, solo cuando se acreditan los años exigibles que dependen de la fecha de la solicitud”, dice Fernández.

Es el caso de Pilar García Sanz, una farmacéutica de 76 años que se ha acogido a la jubilación activa y que lleva desde 1965 al frente de su botica en Madrid: “Me siento muy bien trabajando y creo que puedo aportar mucho gracias a mi experiencia. Es justo que pueda continuar colaborando en la farmacia y ejercer una profesión que me encanta”. Tampoco le corre prisa poner en marcha el relevo generacional en la botica, ya que prácticamente todos los miembros de su familia son farmacéuticos que regentan su propio establecimiento. “Yo ejerzo en el mío y tengo varios adjuntos trabajando en plantilla”.

Ventajas y desventajas

La jubilación activa tiene la ventaja de que el titular continúa trabajando en su negocio mientras cobra la prestación de la Seguridad Social. “El único inconveniente es que para percibir la incapacidad temporal se deberá acreditar un nuevo periodo de carencia de 180 días. Si el titular está en un proceso largo de IT y estuviera ya próximo al reconocimiento de una incapacidad permanente, habría que valorar su situación para ver lo que económicamente le es más favorable”, dice Fernández.

Acogerse a la jubilación activa también puede resultar beneficioso para el propio negocio: “Se reducen los costes de Seguridad Social del propio autónomo, ya que durante la realización del trabajo por cuenta ajena, que es compatible con la pensión de jubilación, los empresarios y los trabajadores cotizarán únicamente por incapacidad temporal y por contingencias profesionales, según la normativa reguladora del régimen del sistema de la Seguridad Social”, explica Sánchez.

Tampoco es necesario nombrar a un farmacéutico regente cuando se opta por la jubilación activa; “solo, de cara a Sanidad, se tiene la obligación de nombrar un farmacéutico adjunto al cumplir los 70 años”, dice Sánchez.

Según María Jesús Miguel Donaire, directora del departamento Laboral de J&D Consulting, otro beneficio derivado de esta situación es que se podrá “lograr una sucesión menos traumática, capaz de garantizar la continuidad de la farmacia y el mantenimiento de los puestos de trabajo”. Ello, en su opinión, “favorecerá especialmente a las oficinas de farmacia cuyo titular esté dado de alta como persona física y tenga trabajadores”.

Noticia completa y origen http://www.correofarmaceutico.com/2018/01/08/gestion/oficina-de-farmacia/jubilacion-activa-ahora-integra-aporta-un-plus-de-pericia-a-la-botica-

Alicia Serrano | alicia.serrano@unidadeditorial.es