¿Te has planteado alguna vez crear una Sociedad Limitada para gestionar la venta de los productos de Parafarmacia?

 

Se acerca final de año, y éste suele ser un planteamiento habitual entre los farmacéuticos que buscan minorar su carga fiscal en la declaración de IRPF. A pesar de los estudios publicados que dan cifras o porcentajes a partir de los cuáles es conveniente o no la creación de una Sociedad Limitada (SL), lo cierto es que para tomar esta decisión, como asesoría fiscal para farmacias debemos decirte que es importante analizar la farmacia en su totalidad y las circunstancias personales y familiares de su titular.

Por tanto, en este artículo vamos a intentar daros unas pautas para que podáis analizar si es o no rentable  esta opción según las circunstancias de vuestro negocio. Y esto lo haremos planteando las preguntas que consideramos que deberías responderte para poder tomar una decisión acertada:

 

¿Tienes unos beneficios altos en los que la Venta Libre o de Parafarmacia tiene un gran peso?

Si éste es el caso, tu tributación en IRPF será a un tipo muy alto, seguramente al marginal, muy por encima del 25% que se tributa en el Impuesto sobre Sociedades. A este respecto, si en el resultado de tu farmacia se incluye como gasto la amortización del Fondo de Comercio, porque hayas comprado esta, lo más probable es que tus beneficios sean bajos o incluso nulos o con pérdidas, y en ese caso la constitución de una SL no te va a reportar ningún beneficio fiscal.

¿Tienes intención de repartir los beneficios que genere la SL entre sus socios?

 Si no necesitas para vivir los beneficios de la SL y lo que tienes pensado es reinvertir ese beneficio en el negocio o en un patrimonio familiar, la repercusión tributaria se limitaría al pago del 25% por el Impuesto sobre Sociedades.  Cuando hay reparto de beneficios (dividendos) entre los socios de una SL, cada socio tendrá que tributar por los dividendos que reciba en su declaración de IRPF, al tipo del ahorro. Por lo que nos encontraríamos con una doble tributación, el 25% del Impuesto sobre Sociedades, más el tipo impositivo sobre la Base del Ahorro, es decir:

Por los primeros 6.000,00 € tributamos al 19%

Los siguientes 44.000 € tributan al 21%

A partir de los 50.000 € tributan al 23%

En definitiva, si tu intención es que los socios se distribuyan cada año los beneficios seguramente la creación de una SL no será beneficioso fiscalmente.

¿Tiene mi negocio la capacidad para crear una SL?

Son muchos los requisitos exigidos para formar este tipo de Sociedad sin que la Agencia Tributaria la tache de simulación. Para ello, debes asegurarte de que puedes cumplir con los siguientes apartados:

  • Crear una estructura de negocio por sí misma, disponibilidad jurídica del local, inmovilizado propio, cuenta corriente, tpv, etc.
  • Llevar el registro informático y la facturación por separado; si un mismo cliente te compra un medicamento y una crema es necesario que los factures por separado.
  • Las instalaciones del local deben estar adaptadas para poder separar las dos actividades. Debe comprobarse que se tiene espacio suficiente para tener separados los artículos de la farmacia y la parafarmacia.
  • Control de Stock totalmente separados y diferenciados, con inventarios independientes y sus correspondientes entradas y salidas.
  • Personal exclusivo de la parafarmacia, ya que no puede ser el mismo que el de la farmacia.
  • Si el local es compartido, hay que separar de forma proporcional los gastos comunes: luz, agua, comunidad, tributos, etc…

Es muy importante cumplir con estos requisitos formales para evitar que la Agencia Tributaria considere que hay simulación de negocio y nos obligue a tributar por todo el beneficio de la SL en la declaración de IRPF, lo que conllevaría la sanción correspondiente.

¿Quiero que alguna persona no farmacéutica sea socia de la actividad?

Según la normativa vigente, la titularidad y propiedad de la farmacia le corresponde a la persona física licenciada en farmacia. La Ley de Sanidad no permite la entrada de no farmacéuticos en la farmacia. La creación de una SL te permite incorporar a la actividad a socios no farmacéuticos: un socio capitalista, un familiar o incluso a trabajadores para involucrarlos en la evolución de la farmacia. La SL te permite la regulación, mediante los estatutos, del reparto de beneficios o la toma de decisiones.

¿Quieres desarrollar en tu farmacia otro tipo de actividades?

Cada vez es más común ofrecer en la botica actividades desarrolladas por otros profesionales (nutrición, cosmética, tienda virtual…). La creación de una SL te permitiría desarrollar actividades que por tradición o por imperativo legal no se le permiten desarrollar a las farmacias por su condición de establecimiento sanitario, como la publicidad o la promoción.

Queda clara la complejidad de la decisión planteada y, debido a la multitud y diversidad de los factores a tener en cuenta, se hace indispensable un análisis en profundidad de la farmacia y de las condiciones personales y familiares del titular para poder tomar la decisión acertada sobre si merece la pena o no constituir una Sociedad Limitada para realizar estas actividades.

Esperamos que este artículo te haya resultado interesante y hayamos podido resolverte algunas de tus dudas.

Por supuesto si quisieras un estudio personalizado que te ayude a tomar esta decisión, estamos a tu disposición para lo que necesites.

 

Eva Sánchez Oña y Cristina Jiménez Gutiérrez

Dpto. Fiscal